Socialización del Decreto: Barranquilla Prohíbe Consumo en Público

Socialización del Decreto: Barranquilla Prohíbe Consumo en Público
Lunes, Enero 22, 2024 - 19:30

Socialización del Decreto: Barranquilla Prohíbe Consumo en Público

Barranquilla da el primer paso en la implementación del Decreto Anticonsumo. La Policía Metropolitana lidera la iniciativa, asegurando que la prohibición de drogas y alcohol en espacios públicos y escolares sea comprendida y respetada en toda la ciudad.

Barranquilla - La Alcaldía distrital ha dado un paso significativo en la lucha contra el consumo de drogas y licor en entornos escolares y espacios públicos de la ciudad mediante la expedición del decreto 0026 de 2024. Este decreto, que prohíbe y restringe el porte, consumo, ofrecimiento, distribución, facilitación y comercialización de sustancias psicoactivas, incluso la dosis personal, así como el consumo de bebidas alcohólicas y embriagantes, marca un hito en la regulación para preservar la integridad de los niños, niñas y adolescentes en el espacio público.

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La Policía Metropolitana de Barranquilla ha iniciado la socialización del decreto a las unidades del Modelo Nacional de Vigilancia Comunitaria por Cuadrantes y otras especialidades. El objetivo es asegurar la correcta aplicación de la norma, especialmente enfocada en velar por los derechos de los menores. La comunicación del acto administrativo se realiza de manera progresiva, proporcionando al personal uniformado el conocimiento necesario para la aplicabilidad de la norma, a través del Código Nacional de Convivencia Ciudadana.

La prohibición también afecta a lugares abiertos al público dentro del área de instituciones educativas, incluyendo jardines infantiles, escuelas, colegios e instituciones de educación superior en todos sus niveles, así como plazas, parques y malecones, y su perímetro aledaño.

En el artículo segundo del decreto, se establece que la potestad reglamentaria conferida a los alcaldes municipales, según el parágrafo 3° del artículo 2 de la Ley 2000 de 2019, adicionado al artículo 34 de la Ley 1801 de 2016, fundamenta la medida. El mismo artículo fija en 100 metros el perímetro alrededor de instituciones educativas para la prohibición y/o restricción del porte, consumo, ofrecimiento, distribución, facilitación y comercialización de sustancias psicoactivas, así como la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas y/o embriagantes.

Para el Gran Malecón, se prevé la señalización y delimitación de espacios prohibidos para el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas. Se excluyen de esta restricción los establecimientos que tengan contrato con el administrador Puerta de Oro Empresa de Desarrollo Caribe S.A.S.

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La Policía Metropolitana de Barranquilla realizará actividades de control del delito periódicas en los lugares afectados por el perímetro establecido. Estas acciones buscarán identificar y sancionar prácticas relacionadas con el decreto, imponiendo medidas correctivas contempladas en la Ley 1801 de 2016. Las multas incluyen desde destrucción de bienes hasta participación en programas comunitarios o actividades pedagógicas de convivencia, así como remisión a los Centros de Atención en Drogadicción (CAD) y Servicios de Farmacodependencia, según lo establecido en la Ley 1566 de 2012.

Actuar de manera contraria a la sana convivencia conllevará sanciones que podrían alcanzar hasta los 32 salarios mínimos legales diarios vigentes. La ciudad de Barranquilla, a través de este decreto, busca promover un ambiente seguro y saludable para sus habitantes, especialmente para los más jóvenes.

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