MinSalud decreta el ajuste de la UPC para 2026

MinSalud decreta el ajuste de la UPC para 2026
Martes, Diciembre 30, 2025 - 08:15

MinSalud decreta el ajuste de la UPC para 2026

MinSalud decreta el ajuste de la UPC para 2026 minsalud-decreta-ajuste-upc-2026 Con alertas de gremios y pacientes por costos laborales y salario mínimo, el ajuste de la UPC 2026 activa tensiones en las EPS, donde la suficiencia financiera marcará contr

Colombia – El Ministerio de Salud fijó por decreto el valor de la UPC para 2026 con un incremento global del 12,94 %, ajustando los pagos por afiliado en los regímenes contributivo y subsidiado del sistema de salud.

El ajuste quedó formalizado mediante la Resolución 002764 del 30 de diciembre de 2025, que define los valores base de la Unidad de Pago por Capitación para la vigencia 2026 y establece las reglas de reconocimiento de recursos a las Entidades Promotoras de Salud. La decisión impacta de forma directa el flujo de financiación del sistema general de seguridad social en salud.

En términos agregados, el incremento de la UPC implica un aumento de $11,6 billones frente a 2025. El total de recursos pasa de $89,8 billones el año anterior a más de $101,3 billones en 2026, una variación que equivale exactamente al 12,94 % y que redefine el marco financiero del aseguramiento en salud para el próximo año.

El decreto diferencia el ajuste entre regímenes. Para el régimen contributivo, el incremento de la UPC es del 9,03 %, mientras que para el régimen subsidiado asciende al 16,49 %. Esta brecha responde a la equiparación progresiva de la prima pura del régimen subsidiado al 95 % de la del régimen contributivo, en el marco de las decisiones judiciales que el acto administrativo incorpora de manera explícita.

Como resultado, el valor anual base de la UPC del régimen contributivo se fija en $1.658.912,01 por afiliado. En el caso del régimen subsidiado, el valor anual base queda en $1.541.706,27. Estas cifras constituyen el punto de partida para los pagos que el sistema reconoce a las EPS durante la vigencia 2026.

Cómo se distribuyen los nuevos recursos del aseguramiento

El decreto precisa que al valor base de la UPC se le aplican primas y ajustes adicionales, según condiciones demográficas, territoriales y operativas. En el régimen contributivo, se mantiene una prima por dispersión geográfica del 10 % para municipios clasificados bajo este criterio.

También se conserva una prima adicional del 9,86 % para las ciudades incluidas en el listado oficial, mientras que para el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina se reconoce una prima del 37,9 %, asociada a su condición de zona alejada del continente.

El acto administrativo ratifica además los ponderadores por concentración de riesgo etario. En este componente, se asigna un 4 % adicional a la Nueva EPS y un 2 % a Coosalud EPS, de acuerdo con las reglas vigentes y la composición etaria de su población afiliada.

En materia de actividades de demanda inducida, el decreto fija un reconocimiento anual de $24.925,28 por afiliado del régimen contributivo. A esto se suma el reconocimiento del 0,38 % del Ingreso Base de Cotización para el pago de incapacidades por enfermedad general de origen común, incluidas las superiores a 540 días continuos.

Para el régimen subsidiado, las primas adicionales presentan una estructura diferenciada. La prima por dispersión geográfica se establece en 11,47 %, mientras que para las ciudades el ajuste adicional es del 15 %. En el departamento de Guainía, el decreto mantiene una prima especial del 17,81 %.

En el componente diferencial indígena, la UPC adicional se fija en 4,81 % para las EPS indígenas y en 21,19 % para la EPSI Asociación Indígena del Cauca, en el marco del proceso de transición hacia el sistema indígena de salud propia e intercultural. Para el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, la UPC del régimen subsidiado se fija en $2.237.908,36 anuales.

Reglas fiscales y efectos contractuales

El decreto recuerda los límites máximos para los gastos de administración de las EPS. En el régimen contributivo, estos gastos no pueden superar el 10 % del valor de la UPC, mientras que en el régimen subsidiado el tope se mantiene en el 8 %. Estas restricciones buscan preservar la destinación específica de los recursos del aseguramiento.

También se ratifica el traslado solidario del 1,5 % de la cotización del régimen contributivo al régimen subsidiado, mecanismo que sigue siendo clave para la financiación cruzada del sistema y para la sostenibilidad del aseguramiento de la población sin capacidad de pago.

Un punto central del decreto es el efecto sobre la contratación con las instituciones prestadoras de servicios de salud. La norma establece que los incrementos en el valor de los servicios, cuando existan o no acuerdos de voluntades, deberán reflejar como mínimo el aumento de la UPC en las tecnologías y servicios que ya se financiaban.

Este mandato tiene impacto directo en hospitales y clínicas públicas, privadas y mixtas, al vincular la actualización de tarifas al crecimiento efectivo de los recursos del aseguramiento. El objetivo es que el incremento definido en la UPC se traslade de forma concreta a la prestación de servicios.

El acto administrativo también incorpora referencias a metas de salud pública que inciden en la suficiencia financiera. Entre ellas, se destaca el avance en el programa de tamizaje neonatal, cuya cobertura pasa del 65 % en 2025 al 79 % en 2026, incremento que se integra en los cálculos del aseguramiento.

Desde la perspectiva económica, el ajuste de la UPC redefine el marco de ingresos de las EPS para 2026 y condiciona su capacidad de pago a prestadores y proveedores. La magnitud del aumento, medida en billones de pesos, ubica al aseguramiento en salud como uno de los principales rubros del gasto público social del país.

El decreto cierra el proceso técnico de cálculo de la UPC para la vigencia 2026, fijando valores, porcentajes y reglas operativas que regirán el flujo de recursos del sistema durante todo el año. Con ello, queda definido el esquema financiero que soportará la atención de millones de afiliados en los dos regímenes del sistema.

Desde el Gobierno, el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, defendió el alcance del ajuste y subrayó su carácter técnico, enfocado en la equiparación entre regímenes. “Este ajuste obedece a un proceso técnico riguroso y responde a las órdenes de la Corte Constitucional para avanzar en la equidad entre regímenes. El incremento del 12,94% global equivale a más de $11,6 billones adicionales que deben llegar efectivamente a la red prestadora”, afirmó el funcionario en rueda de prensa.

Jaramillo agregó que el Ministerio exigirá a las EPS que los recursos se reflejen en la contratación con hospitales y clínicas. “Exigimos a las EPS que trasladen íntegramente estos recursos en los contratos con hospitales y clínicas, y que hagan un uso eficiente y transparente de cada peso”, señaló. Según el ministro, el cálculo “incorpora las recomendaciones de la Comisión Asesora de Beneficios, Costos y Tarifas” y “no se trata de un número arbitrario, sino de una fórmula técnica ajustada a la realidad financiera del sistema”, en referencia al componente de equiparación entre regímenes.

Las reacciones del sector asegurador fueron críticas frente al alcance del incremento. La presidenta ejecutiva de ACEMI, Ana María Vesga, advirtió que el aumento definido para el régimen contributivo no cubre los costos reales. “El aumento del 9,03% para el régimen contributivo es claramente insuficiente. Representa un incremento real de apenas 4% a 5% una vez descontada la inflación proyectada”, sostuvo en declaraciones públicas.

Vesga señaló además que la resolución no incorporó el impacto del incremento del salario mínimo del 23% anunciado para 2026. “Ese desfase concentra el mayor gasto en el régimen contributivo y deja a las EPS sin margen para pagar los nuevos costos laborales ni para mantener la calidad del servicio”, afirmó. Desde ACEMI se insistió en que el sector requeriría un incremento de al menos 17,3% para preservar la sostenibilidad financiera.

Desde la red prestadora, la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas también expresó preocupación. Su director ejecutivo, Juan Carlos Giraldo, advirtió que la brecha entre la UPC y los costos laborales presiona la operación de clínicas y hospitales. “El desfase entre el aumento de la UPC (12,94% global) y el incremento del salario mínimo (23%) es muy preocupante. Más del 40% de los costos de los hospitales y clínicas provienen de la nómina”, afirmó.

Giraldo alertó que, con los recursos definidos para 2026, la sostenibilidad de la red prestadora queda comprometida. “Muchos centros ya están en números rojos y esto podría traducirse en cierres de servicios o deterioro de la atención”, dijo, al tiempo que pidió la instalación de una mesa urgente con el Gobierno, las EPS y los prestadores para revisar la suficiencia real de los recursos antes del primer trimestre de 2026.

Las organizaciones de pacientes también reaccionaron con dureza al decreto. El vocero nacional de Pacientes Colombia, Denis Silva, calificó el incremento del régimen contributivo como insuficiente para garantizar la atención. “Este 9,03% es insuficiente y representa un atentado contra la vida de millones de colombianos. Sin recursos adecuados no se cubren los costos de personal, ni los suministros ni los medicamentos”, afirmó en una declaración pública.

Silva advirtió sobre riesgos operativos para los usuarios del sistema. “Estamos ante el riesgo inminente de un colapso del sistema que pagarán los usuarios con su salud y su vida”, sostuvo, y anunció que las organizaciones que integran Pacientes Colombia preparan acciones jurídicas y movilizaciones para exigir el cumplimiento efectivo de la equidad y la suficiencia financiera ordenadas por la Corte Constitucional.

A estas posiciones se suman advertencias previas de otros gremios del sector productivo. La Cámara de Salud de la ANDI había señalado que un incremento inferior al 15,6% no alcanzaría para cubrir los costos reales del sistema, un umbral que quedó por encima del ajuste aprobado para el régimen contributivo en la vigencia 2026.

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