Colombia – El presidente del Senado, Lidio García Turbay, calificó como un “castigo político” del Gobierno el Decreto 0030 de 2026, que elimina la prima especial de servicios para los congresistas a partir del 20 de julio de este año. Según el senador liberal, la medida constituye una represalia del Ejecutivo contra un Congreso que, afirmó, decidió actuar de manera independiente y ejercer control político sin someterse al Gobierno.
Las declaraciones del jefe del Legislativo se produjeron tras la expedición del decreto por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública, el pasado 19 de enero, y su publicación oficial el 20 de enero. La norma deroga el Decreto 2170 de 2013 y elimina un componente salarial que hacía parte de la remuneración mensual de senadores y representantes a la Cámara.
García sostuvo que el decreto no responde a una política real de austeridad, sino a una decisión con motivaciones políticas, y recordó que el presidente Gustavo Petro recibió durante casi dos décadas la prima especial cuando fue congresista sin manifestar reparos sobre su existencia. Aunque señaló que el Senado acatará la norma por respeto al Estado de Derecho, insistió en que la independencia del Congreso “no se negocia ni se castiga”.
El pronunciamiento del presidente del Senado abrió un nuevo frente de debate político entre el Congreso y el Ejecutivo, con posiciones divididas dentro del Legislativo. Desde los sectores que respaldan la medida, la senadora Angélica Lozano, de la Alianza Verde, afirmó que la eliminación de la prima responde a una demanda ciudadana de larga data y recordó que la reducción del salario de los congresistas ha sido impulsada en reiteradas ocasiones mediante proyectos de ley que no prosperaron.
En la misma línea, el presidente de la Cámara de Representantes, Julián López, calificó la decisión como una “buena noticia para Colombia” y sostuvo que la democracia no se defiende desde privilegios. A su juicio, el ajuste salarial envía un mensaje de coherencia frente a las condiciones económicas del país.
El decreto elimina la prima especial de servicios, un componente adicional del ingreso mensual de los congresistas que oscilaba entre 15 y 17 millones de pesos. La medida fue expedida por el Departamento Administrativo de la Función Pública y firmada por el Gobierno nacional, sin modificar el salario básico ni otros componentes definidos por ley.
Según el texto normativo, la eliminación de la prima aplicará únicamente a quienes se posesionen a partir del 20 de julio de 2026, con el inicio de la próxima legislatura, lo que evita efectos retroactivos. El Gobierno sustentó la decisión en criterios de ajuste del gasto público y en su competencia constitucional para regular factores salariales no adquiridos.
Remuneración y exclusividad del cargo
En Colombia, el ejercicio del cargo de congresista está sujeto a un régimen de dedicación exclusiva. La Constitución y la ley prohíben a senadores y representantes ejercer cualquier otro trabajo remunerado, público o privado, durante el periodo para el cual fueron elegidos. Las únicas excepciones permitidas corresponden a actividades académicas ocasionales, como la docencia, siempre que no interfieran con el ejercicio del cargo.
Actualmente, la remuneración mensual de un congresista en Colombia oscila entre 52 y 57 millones de pesos, antes de la entrada en vigencia del Decreto 0030 de 2026. Ese ingreso se compone de la asignación básica, los gastos de representación y la prima especial de servicios. Con la eliminación de esta prima para quienes se posesionen a partir del 20 de julio de 2026, el ingreso mensual se reducirá a un rango aproximado de 34,6 a 35,7 millones de pesos.
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País |
Salario mensual aprox. (COP) |
Dedicación exclusiva |
Otros ingresos permitidos |
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Colombia |
$52–57 millones (antes del decreto) |
Sí |
No |
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Estados Unidos |
~$53 millones |
No |
Sí, con límites |
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Canadá |
~$46 millones |
No |
Sí, regulados |
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Argentina |
~$29 millones |
No |
Sí |
|
Perú |
~$30 millones |
Sí |
No |
|
Ecuador |
~$17 millones |
Sí |
No |
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El Salvador |
<$11 millones |
No |
Sí |
|
Nicaragua |
<$11 millones |
No |
Sí |
En otros países del continente americano, los salarios de los parlamentarios están asociados a esquemas laborales distintos. En Estados Unidos y Canadá, los congresistas y parlamentarios reciben ingresos equivalentes o superiores a los colombianos cuando se convierten a pesos, pero pueden mantener actividades privadas adicionales, bajo regímenes de declaración y control de conflictos de interés. En países como Argentina, El Salvador y Nicaragua, los legisladores también pueden ejercer otras actividades remuneradas de manera paralela.
En contraste, en naciones como Perú y Ecuador, el cargo parlamentario mantiene un esquema similar al colombiano, con restricciones amplias para el ejercicio de otras actividades laborales. En términos salariales, la mayoría de países latinoamericanos registra ingresos legislativos mensuales inferiores a los de Colombia cuando se expresan en pesos colombianos, aunque con diferencias en beneficios, obligaciones y exclusividad.
Con la expedición del Decreto 0030 de 2026, el Ejecutivo introduce un cambio concreto en la estructura de ingresos de los congresistas, que comenzará a reflejarse a partir de la próxima legislatura y mantiene abierto el debate político entre el Gobierno y el Congreso sobre el alcance de la política de austeridad y la relación entre ambos poderes.
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