Registraduría niega fraude de Abelardo De La Espriella

Registraduría niega fraude de Abelardo De La Espriella
Miércoles, Febrero 11, 2026 - 17:00

Registraduría niega fraude de Abelardo De La Espriella

La Registraduría Nacional aclaró que solo dos comités presentan posibles delitos en la recolección de firmas para las elecciones 2026 y no incluyó al grupo de Abelardo De La Espriella tras una columna que habló de fraude del 62 por ciento en sus apoyos.

Colombia - La Registraduría Nacional aclaró que solo dos comités presentan posibles fraudes en la recolección de firmas para las elecciones 2026 y no incluyó al comité de Abelardo de la Espriella, luego de una columna que habló de un supuesto fraude del 62 % en las firmas de apoyo presentadas por su grupo.

A través del Boletín 23, fechado el 11 de febrero de 2026, la entidad electoral precisó que, de los 22 grupos significativos que entregaron apoyos para respaldar candidaturas, únicamente los comités de Henry Humberto Martínez y Alexander Francisco Henao registraron inconsistencias asociadas a posibles fraudes o conductas delictivas. En esos dos casos, la Registraduría informó que presentó denuncia ante la Fiscalía General de la Nación para que adelante las investigaciones correspondientes.

La autoridad electoral indicó que, durante la revisión de las firmas de los demás grupos, solo se encontraron incidencias técnicas como datos ilegibles, registros que no coinciden con el Archivo Nacional de Identificación (ANI), personas que no figuran en el censo electoral y duplicidades.

La aclaración adquiere relevancia tras la publicación de una columna de la periodista Cecilia Orozco Tascón en el diario El Espectador, en la que sostuvo que el 62 % de las más de cinco millones de firmas presentadas por el comité que respalda a De la Espriella no fue avalado tras el proceso de verificación y planteó que ello configuraría un fraude. Según el texto de opinión, la información provendría de fuentes internas del proceso y no de un informe oficial divulgado por la Registraduría.

La Registraduría reiteró que la información relacionada con los firmantes está protegida por derechos fundamentales y solo puede utilizarse para la verificación de apoyos, por lo que no es de dominio público. Hasta el momento, la entidad no ha publicado un reporte detallado por candidato sobre los porcentajes de validación.

En términos jurídicos, la diferencia entre firmas no avaladas y fraude resulta determinante. Una firma puede ser anulada por inconsistencias técnicas sin que ello implique la comisión de un delito. Entre las causales más frecuentes de invalidación se encuentran errores en los datos, ausencia de la persona en el censo, coincidencias parciales con el ANI o repetición de registros. El fraude, en cambio, supone una conducta deliberada que puede derivar en responsabilidad penal.

De acuerdo con el artículo 7 de la Ley 996 de 2005, los comités debían presentar un mínimo de 635.216 firmas válidas, equivalentes al tres por ciento del total de votos válidos obtenidos en la primera vuelta presidencial de 2022, que fue de 21.173.842 sufragios. El requisito es habilitante: una vez superado el umbral exigido, la candidatura puede ser inscrita formalmente.

En ese sentido, el volumen total de apoyos entregados no determina por sí mismo la validez jurídica de la inscripción. Es práctica común que los comités recolecten un número considerablemente superior al mínimo requerido, previendo que una parte significativa sea anulada durante el proceso de verificación técnica. 

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En procesos electorales anteriores, como los de 2018 y 2022, varios aspirantes por grupos significativos registraron porcentajes de firmas no avaladas que oscilaron entre el 40 % y el 70 %, sin que ello implicara automáticamente la existencia de fraude. La revisión masiva de millones de registros suele arrojar inconsistencias derivadas de errores materiales o problemas de diligenciamiento.

Con su comunicado, la Registraduría fijó posición institucional frente a las versiones que circulan sobre eventuales irregularidades en otros comités distintos a los dos ya denunciados. Mientras la columna de opinión plantea interrogantes sobre transparencia y publicación de datos por candidato, la autoridad electoral sostiene que solo en dos casos encontró elementos que ameritan investigación penal y que, en los demás, se trató de incidencias técnicas propias del proceso de validación.

El debate ahora se centra en la conveniencia de divulgar de manera detallada los resultados de validación por cada candidatura y en el alcance de la reserva sobre los datos de los firmantes, en un escenario preelectoral marcado por alta sensibilidad política.

 

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