Colombia - La Corte Constitucional de Colombia ha declarado inconstitucional el artículo 340 de la Ley del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, que establecía la creación de cuatro nuevas dependencias en la Cámara de Representantes. La decisión, emitida tras revisar una demanda presentada por el senador Edwing Díaz Plata de la coalición Alianza Verde Centro Esperanza, se basa en la falta de "unidad de materia" entre el artículo y los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo.
El artículo 340 pretendía instituir la Subdirección Administrativa, la Oficina de Control Disciplinario Interno, la División de Tecnologías de la Información y la Comunicación, y la División de Gestión Documental y Calidad dentro de la Cámara de Representantes. La Corte argumentó que estas nuevas dependencias no guardaban relación con las políticas públicas y proyectos de inversión del Plan Nacional de Desarrollo, que busca direccionar los recursos y programas del gobierno.
En diciembre del año pasado, la Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello, también cuestionó este artículo. Cabello envió un concepto a la Corte señalando que la creación de las dependencias no se alineaba con los objetivos del Gobierno en sus políticas públicas, reforzando así la demanda de inconstitucionalidad presentada por Díaz Plata.
El fallo de la Corte resalta la importancia de que las leyes mantengan coherencia con sus objetivos principales. En este caso, el Plan Nacional de Desarrollo se enfoca en la inversión y desarrollo a nivel nacional, y no en la reorganización interna de la Cámara de Representantes. El alto tribunal subrayó que la autonomía de la Cámara no debe ser modificada por disposiciones que no correspondan directamente con los fines de la ley en cuestión.
El senador Edwing Díaz Plata destacó que la decisión de la Corte contribuye a asegurar que el Plan Nacional de Desarrollo se mantenga enfocado en prioridades nacionales como la infraestructura, educación y salud, en lugar de en aspectos administrativos internos de las instituciones. La Procuradora Cabello también ha apoyado el fallo, afirmando que valida su postura inicial sobre la inconstitucionalidad del artículo.
La Corte Constitucional no ha prohibido a la Cámara de Representantes realizar reestructuraciones, pero ha establecido que tales cambios deben realizarse conforme a normativas adecuadas, no a través de leyes destinadas a otros fines. Esta decisión destaca el papel del control constitucional en garantizar la coherencia y la correcta aplicación de las leyes en Colombia.