Colombia — En el Consejo de Ministros del 19 de enero de 2026, el presidente Gustavo Petro planteó la posibilidad de liquidar las EPS intervenidas, tras señalar que un reciente concepto del Consejo de Estado sobre el uso de la UPC, según dijo, desordena el sistema y pone en riesgo la atención presente de los afiliados.
La afirmación fue hecha durante una sesión oficial del gabinete, en la que el mandatario se refirió de manera directa al pronunciamiento de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado que permite a las Entidades Promotoras de Salud utilizar recursos de la Unidad de Pago por Capitación para cubrir pasivos de vigencias anteriores. En ese contexto, Petro advirtió que mantener EPS bajo intervención podría llevar a priorizar deudas del pasado sobre la prestación actual de los servicios de salud.
El presidente sostuvo que la autorización para usar la UPC en el pago de obligaciones antiguas altera el equilibrio financiero del sistema. En su intervención, planteó que, ante ese escenario, la liquidación de algunas EPS intervenidas sería una alternativa frente a la continuidad de entidades que, según su planteamiento, no garantizan la atención presente de los usuarios.
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El cruce entre el concepto jurídico y la postura del Gobierno
El pronunciamiento del Consejo de Estado, aclaró que las EPS pueden usar recursos de la UPC para pagar cartera o pasivos de vigencias anteriores, incluso cuando los giros se realicen en una anualidad distinta a la de la causación de la obligación. La Sala precisó que estos recursos no están sometidos al principio de anualidad presupuestal, al no formar parte del Presupuesto General de la Nación.
Según el concepto, la UPC tiene naturaleza parafiscal y una destinación específica orientada a financiar los servicios y tecnologías incluidos en el Plan de Beneficios en Salud. Bajo ese marco, se habilita el pago de deudas anteriores, siempre que no estén prescritas y que dicho uso no afecte la continuidad de la atención ni la prestación de los servicios a los afiliados.
Durante el Consejo de Ministros, Petro cuestionó los efectos prácticos de esa interpretación. De acuerdo con versiones recogidas por la prensa, el mandatario afirmó que permitir el uso de la UPC para cubrir obligaciones antiguas puede llevar a que los recursos se destinen al pasado y no al presente del sistema de salud.
En una de las frases citadas por los medios, el presidente señaló: “Es mejor liquidar que tenerlas, dado que al tenerlas pagan es el pasado y no el presente”, en referencia a las EPS que permanecen bajo intervención estatal. La declaración fue atribuida a Petro en el contexto de su crítica al alcance del concepto jurídico.
La postura del Gobierno se enmarca en un escenario de tensión persistente alrededor del modelo de aseguramiento en salud y del manejo financiero de las EPS intervenidas. Sin embargo, el planteamiento del presidente no modifica por sí mismo el marco legal vigente ni implica una orden directa de liquidación, de acuerdo con lo reportado por las mismas fuentes.
El Consejo de Estado, por su parte, no abordó en su concepto la viabilidad o no de la liquidación de EPS. Su pronunciamiento se limitó a interpretar el alcance jurídico del uso de la UPC frente a pasivos de vigencias anteriores, estableciendo condiciones orientadas a proteger la prestación del servicio y la destinación específica de los recursos.
En el debate expuesto en el Consejo de Ministros, Petro también relacionó el concepto con el equilibrio general del sistema de salud. Según reportes de prensa, el mandatario sostuvo que la interpretación del alto tribunal “acaba de descuadrar todo el sistema”, en la medida en que, desde su perspectiva, permite que los recursos destinados a la atención actual se redirijan a deudas acumuladas.
La referencia a la liquidación se centró en las EPS intervenidas, sin que se mencionaran nombres específicos durante la sesión reportada. En el contexto general del sistema, varias entidades se encuentran bajo medidas de intervención por parte del Estado, aunque el concepto jurídico del Consejo de Estado aplica de manera general a todas las EPS.
El Ministerio de Salud y Protección Social fue el organismo que elevó la consulta que dio origen al pronunciamiento de la Sala de Consulta y Servicio Civil. La respuesta del Consejo de Estado buscó resolver un vacío jurídico sobre la aplicación del principio de anualidad presupuestal a los recursos de la UPC y su uso para obligaciones de periodos anteriores.
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