Gobierno impone nuevo modelo de salud por decreto

Gobierno impone nuevo modelo de salud por decreto
Jueves, Julio 31, 2025 - 06:30

Gobierno impone nuevo modelo de salud por decreto

El gobierno de Gustavo Petro firmó el Decreto 0858 que reorganiza la salud en Colombia, centraliza recursos en la ADRES y obliga a crear redes territoriales. Las EPS pierden su rol financiero desde esta vigencia.
Jueves, Julio 31, 2025 - 06:30

Colombia – Con la firma del Decreto 0858 de 2025, el Gobierno Nacional reorganizó de forma inmediata el modelo de salud en Colombia, implementando sin aval legislativo una transformación profunda del sistema de aseguramiento, prestación y financiación de servicios. El cambio pone en marcha el modelo preventivo, predictivo y resolutivo planteado en la aún no aprobada reforma 2.0, desplazando funciones claves de las EPS, estableciendo redes territoriales obligatorias y centralizando el flujo de recursos en la ADRES.

El documento, firmado por el presidente Gustavo Petro y el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, reemplaza la Parte 11 del Decreto 780 de 2016 y entra en vigencia sin necesidad de trámite en el Congreso. Con esta decisión, el Ejecutivo implementa de facto una arquitectura institucional similar a la rechazada reforma archivada en 2023, lo que ha desatado advertencias legales y políticas sobre una posible extralimitación de funciones.

El decreto establece como política nacional el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo, centrado en la atención primaria obligatoria y en la reorganización territorial del sistema. Todos los usuarios deberán ingresar al sistema de salud a través de los Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS), que agrupan servicios de baja y mediana complejidad, con enfoque territorial y comunitario. A partir de allí, los pacientes podrán escalar a niveles complementarios de alta complejidad, pero solo con autorización del Gobierno Nacional a través de la Superintendencia de Salud.

Consulte aquí el texto completo del decreto ↙️

Decreto 0858 Del 30 de Julio de 2025 reforma salud by RedPrensa.com

El corazón operativo del nuevo modelo son las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (RIITS), las cuales deberán ser conformadas en todos los territorios del país. Estas redes incluirán prestadores públicos, privados y mixtos, y tendrán responsabilidad directa en la continuidad y resolución de los casos, desde la prevención hasta el tratamiento especializado. La implementación deberá hacerse de forma gradual en el transcurso del próximo año, y su coordinación recaerá en las entidades territoriales en conjunto con el Ministerio de Salud.

Uno de los cambios más significativos es la reasignación del manejo financiero del sistema. El decreto establece que la ADRES (Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud) será la única entidad autorizada para administrar los recursos públicos del sistema de salud. Con esto, se elimina la intermediación financiera por parte de las EPS, aunque estas no desaparecen completamente.

Las EPS conservarán un conjunto de 24 funciones administrativas, que incluyen la afiliación, gestión del riesgo en salud (pero no del riesgo financiero), articulación de servicios, representación del afiliado ante los prestadores, participación en comités territoriales, y tareas de seguimiento de resultados. También podrán contratar directamente con clínicas y hospitales, pero sin manejar directamente el flujo de los recursos.

En paralelo, el decreto otorga un rol más protagónico a las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), especialmente en el primer nivel de atención. Estas entidades podrán participar en actividades de promoción, prevención, y coordinación del sistema de referencia y contrarreferencia, junto con las EPS.

La territorialización se convierte en otro de los ejes clave. Cada entidad territorial deberá reorganizar su sistema de salud en microterritorios y subregiones funcionales, ajustando su red de prestadores a las nuevas RIITS. Para esto, se deben conformar equipos de salud territoriales, instancias de participación comunitaria y planes maestros de inversión, que prioricen los territorios más dispersos o rurales. La política también incorpora un enfoque diferencial, incluyendo la armonización con el Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural (SISPI).

Otro punto relevante es la formalización laboral del talento humano en salud. El decreto establece que todas las instituciones prestadoras deberán implementar mecanismos para garantizar condiciones laborales dignas, especialmente en zonas apartadas, como parte de las metas del nuevo modelo.

Aunque el decreto tiene vigencia inmediata, su aplicación plena dependerá de la capacidad de reorganización operativa en los territorios, así como de la reglamentación técnica que emita el Ministerio de Salud. Puedes consultar el texto completo del Decreto 0858 aquí: Ver decreto oficial en RedPrensa. de la capacidad de reorganización operativa en los territorios, así como de la reglamentación técnica que emita el Ministerio de Salud. El documento otorga un plazo de un año para que las EPS, entes territoriales y demás actores ajusten su operación al nuevo modelo.

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Críticas legales y disputas sobre su validez

La publicación del Decreto 0858 ha generado una fuerte reacción crítica por parte de gremios del sector salud, constitucionalistas y sectores políticos. Desde Acemi, que agrupa a las EPS, se denunció que el Gobierno estaría implementando una reforma de fondo sin el aval del Congreso, lo que representaría una violación al principio de legalidad. por parte de gremios del sector salud, constitucionalistas y sectores políticos. Desde Acemi, que agrupa a las EPS, se denunció que el Gobierno estaría implementando una reforma de fondo sin el aval del Congreso, lo que representaría una violación al principio de legalidad.

"Están poniendo en marcha por decreto lo que el Congreso no aprobó. Eso no solo es ilegal, es institucionalmente grave", afirmó un vocero de Acemi.

Expertos constitucionalistas también advierten que el Ejecutivo no tiene competencia para modificar estructuralmente el sistema de aseguramiento por vía administrativa. El uso del decreto como herramienta para sustituir un modelo aprobado por ley podría ser considerado una extralimitación de la potestad reglamentaria presidencial.

Adicionalmente, la Corte Constitucional ha sostenido en jurisprudencia reciente que los cambios en sistemas que afectan derechos fundamentales, como la salud, requieren aprobación legislativa expresa. Esto abre la puerta a posibles demandas de inconstitucionalidad contra el Decreto 0858 ante el alto tribunal.

El Ministerio de Salud ha defendido la legalidad de la medida señalando que el decreto se basa en las facultades que le otorga el Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026. Según el Gobierno, estas disposiciones permiten organizar la prestación de servicios con un enfoque territorial, bajo criterios de eficiencia y equidad.

Aún así, varios congresistas de oposición han advertido que impugnarán el decreto en instancias judiciales. Mientras tanto, el país entra en una fase de transición forzada hacia un nuevo modelo de salud, que cambia las reglas de operación sin una ley aprobada, con efectos sobre aseguradores, prestadores, pacientes y entidades territoriales.

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