CNE investiga revocatoria de Fairuz Valdiris

CNE investiga revocatoria de Fairuz Valdiris
Domingo, Enero 11, 2026 - 19:00

CNE investiga revocatoria de Fairuz Valdiris

La indagación del CNE activa requerimientos a Contraloría y Registraduría para definir si la candidatura a la Cámara por el Atlántico cumple las reglas. El proceso por revocatoria entra en fase probatoria y marcará calendario electoral al 8 de marzo.
Andrea Valdiris (Ospino) en su inscripción como candidata a la cámara por el Atlántico

Colombia — El Consejo Nacional Electoral abrió una indagación preliminar para estudiar la revocatoria de la inscripción de Fairuz Violet Ospino Valdiris como candidata a la Cámara por el Atlántico, por una presunta inhabilidad constitucional relacionada con el ejercicio de autoridad pública en los meses previos a la elección del Congreso de 2026.

La actuación quedó formalizada en el Auto No. 007 de 2026, fechado el 8 de enero, mediante el cual el CNE avocó conocimiento del caso, abrió la fase inicial de verificación y ordenó la práctica de pruebas documentales. La decisión no adopta una determinación de fondo sobre la validez de la inscripción, pero activa el control de legalidad preelectoral sobre la candidatura avalada por el Partido de la U.

El proceso se originó en una solicitud radicada el 30 de diciembre de 2025 por el ciudadano Rafael Parra, quien pidió revocar la inscripción de Ospino Valdiris a la Cámara de Representantes por el departamento del Atlántico. En su escrito, el peticionario invoca la causal prevista en el artículo 179, numeral 2, de la Constitución Política, que prohíbe ser congresista a quien haya ejercido autoridad pública dentro de los doce meses anteriores a la elección.

Según el expediente, la solicitud fue repartida el 5 de enero de 2026 al despacho de la magistrada Maritza Martínez Aristizábal. Tres días después, el CNE emitió el auto que da inicio formal a la indagación preliminar y define la ruta probatoria para establecer si la causal alegada se configura o no en este caso.

Vea Auto de revocatoria↙️

Auto Revocatoria de Inscripcion Cne-e-dg-2025- 031263 (1) by Martin Nahar LA TAQUILLERA

Qué decidió el CNE y por qué abre indagación

En el documento oficial, el Consejo Nacional Electoral señala que el material aportado inicialmente “no permite, por sí solo, acreditar de manera plena, cierta e indubitable la concurrencia de los presupuestos de la causal alegada”. Por esa razón, la corporación considera necesario recaudar información adicional antes de adoptar cualquier decisión que pueda afectar la inscripción de la candidata.

El auto precisa que la actuación se enmarca en el control de legalidad de las inscripciones electorales y debe desarrollarse bajo los principios de debido proceso, imparcialidad y derecho de defensa. En esa línea, el CNE enfatiza que la apertura de la indagación preliminar no implica un prejuzgamiento sobre la legalidad de la candidatura.

El cargo en la Contraloría y los periodos señalados

La solicitud de revocatoria se sustenta en los cargos que, según el peticionario, ejerció Fairuz Violet Ospino Valdiris en la Contraloría General de la República. De acuerdo con el expediente, la candidata habría desempeñado el cargo de Contralor Delegado Intersectorial – Grado 4, adscrito al Sistema General de Regalías.

Los periodos laborales mencionados son dos: del 10 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024, y del 4 de febrero de 2025 al 20 de octubre de 2025. Para el solicitante, esas fechas ubicarían a la funcionaria dentro del lapso de doce meses previos a las elecciones del 8 de marzo de 2026, lo que abriría la discusión sobre una eventual inhabilidad.

En su escrito, Rafael Parra sostiene que ese cargo implicaría el ejercicio de autoridad civil y administrativa. La afirmación se apoya en extractos de manuales de funciones que describen tareas de coordinación, asignación de cargas de trabajo y dirección de procesos relacionados con la vigilancia fiscal del Sistema General de Regalías.

Sin embargo, el CNE advierte que la simple denominación del cargo no es suficiente para establecer la existencia de autoridad en los términos exigidos por la Constitución. Por eso, el auto subraya la necesidad de verificar con documentos oficiales la naturaleza jurídica del empleo y las funciones efectivamente ejercidas.

Entre las órdenes impartidas, el Consejo Nacional Electoral requirió a la Registraduría Nacional del Estado Civil la remisión de los formularios de inscripción de la candidata, así como la información de contacto registrada al momento de oficializar la postulación. El objetivo es contar con los soportes completos del trámite electoral.

También se solicitó a la Contraloría General de la República una certificación laboral integral de Ospino Valdiris, que incluya fechas exactas de vinculación y retiro, denominación del cargo, dependencia y naturaleza del empleo. Además, el CNE pidió copia de los actos administrativos de nombramiento, posesión y desvinculación que reposen en los archivos de la entidad.

A la par, se ordenó remitir los manuales específicos de funciones vigentes para los bienios 2023–2024 y 2025–2026, así como la documentación sobre la conformación y asignación funcional del grupo interno de trabajo en el que habría estado adscrita la candidata.

El Partido de la U, como organización política que avaló la candidatura, también fue requerido para que entregue constancia del aval y un pronunciamiento sobre los hechos expuestos en la solicitud. En la misma línea, el peticionario fue convocado a ampliar o complementar su escrito con los elementos probatorios que considere pertinentes.

Desde la óptica jurídica, el CNE recuerda que el artículo 179 de la Constitución exige no solo demostrar el ejercicio de autoridad, sino también verificar si ese ejercicio tuvo relación con la circunscripción en la que se aspira a ser elegido. En este caso, el análisis deberá establecer si las funciones desempeñadas en la Contraloría tuvieron incidencia concreta en el Atlántico.

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El proceso se encuentra en una fase preliminar orientada a la recolección de pruebas y a la contrastación objetiva de los hechos. El Consejo Nacional Electoral dejó claro que cualquier decisión de fondo deberá adoptarse antes de la fecha de las elecciones y con base en un acervo probatorio completo.

Mientras avanza la indagación, la candidatura de Fairuz Violet Ospino Valdiris permanece inscrita, sin que exista hasta ahora una resolución que modifique su estatus en la contienda electoral.

 

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