Bogotá D.C. - El magistrado del Tribunal de Justicia y Paz de Bogotá, José Manuel Bernal Parra, ha sido el protagonista de una decisión judicial que ha generado controversia a nivel nacional. En un fallo que ha suscitado debates, el magistrado Bernal Parra ha concedido libertad condicional a Salvatore Mancuso, exjefe paramilitar en Colombia, desafiando argumentos previos que negaban este beneficio debido a su designación como gestor de paz por parte del Gobierno nacional.
El Tribunal de Justicia y Paz de Barranquilla había rechazado la solicitud de libertad de Mancuso el pasado 13 de marzo, argumentando que su papel como gestor de paz no cumplía con los requisitos legales para obtener este beneficio. Sin embargo, la decisión del magistrado Bernal Parra ha marcado un hito en el caso, generando reacciones encontradas en la sociedad colombiana.
Este fallo ha desencadenado un intenso debate sobre el proceso de justicia transicional en el país. Por un lado, hay quienes respaldan la decisión del magistrado, argumentando que la reinserción de excombatientes es crucial para la reconciliación y la construcción de la paz en Colombia. Por otro lado, críticos sostienen que Mancuso debería enfrentar condena por los crímenes cometidos durante su liderazgo en los grupos paramilitares, cuestionando la equidad de otorgarle libertad condicional.
Además, en días recientes, La Sección de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha emitido una resolución relevante en el marco del proceso de paz en Colombia. La JEP ha aceptado el sometimiento total de Mancuso, lo que implica que esta entidad asumirá todos los procesos e investigaciones relacionados con su participación en actividades paramilitares desde 1989 hasta 2004. Este pronunciamiento plantea interrogantes sobre el futuro legal y la posible liberación de Mancuso para ejercer como gestor de paz.
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El magistrado del Tribunal de Justicia y Paz de Bogotá, José Manuel Bernal Parra, no se dejó quitar competencia para decidir frente al pedido de libertad del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, como lo había ordenado la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Explicó el magistrado que la JEP no puede desplazar, anular y tampoco clausurar la autoridad judicial también transicional de Justicia y Paz. Dijo además que los magistrados de la JEP diseñaron por iniciativa propia “la manera de ver lo que podría operar a la manera de modulación de la actividad reemplazante de los estancos procesales legales suprimiéndolos”. Antes de leer su decisión sobre el pedido de libertad, el magistrado aseveró que los magistrados de la JEP se entrometieron en las decisiones de Justicia y Paz.