Barranquilla D.E.I.P - Esta semana, el presidente Gustavo Petro firmó la derogación del decreto 1844 de 2018, otorgando facultades a la Policía para combatir el microtráfico de estupefacientes en espacios públicos como parques. Este decreto reglamentaba el procedimiento policial relacionado con la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas, y ha sido objeto de controversia desde su implementación.
En el decreto derogado se establecía el procedimiento policial en casos de comportamientos contrarios a la convivencia vinculados al porte de sustancias estupefacientes. Este documento incluía detalles sobre la verificación de las sustancias, las consecuencias de la infracción y el protocolo para la incautación de las mismas.
La medida adoptada por el Gobierno busca evitar "la criminalización de personas consumidoras de drogas a través de medidas correctivas" y "contrarrestar y atacar" la oferta de estas sustancias. Fuentes de la Policía consultadas indicaron que hasta el momento no han recibido ninguna orden para modificar los procedimientos, y sus asesores jurídicos están evaluando el impacto del nuevo decreto.
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Reacciones y Consultas sobre la Legalidad del Porte y Consumo de Sustancias Psicoactivas
La derogación de esta norma ha generado diversas reacciones y consultas sobre la legalidad del porte y consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos. En mayo, la Corte Constitucional emitió un fallo que volvió a permitir el porte de la dosis mínima de estupefacientes para consumo propio o de la dosis medicada en parques y espacios públicos.
Este fallo condicionó el consumo de estas sustancias a la definición expresa de los concejos municipales y asambleas sobre en qué parques y áreas del espacio público está permitido. La norma también prohibía el porte y consumo de dosis mínima en parques, perímetros de centros educativos, estadios, polideportivos y escenarios deportivos.
Es esencial señalar que la Corte Constitucional ha mantenido la restricción del porte de sustancias psicoactivas en parques y espacios públicos si su propósito no es el consumo de la dosis mínima, la dosis medicada o el aprovisionamiento. Esta medida ha generado debates sobre la delgada línea entre la protección de la convivencia y los derechos individuales.
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