Bogotá - El presidente Gustavo Petro, antes de su viaje a Costa Rica, ha promulgado la ley 2318 con el objetivo principal de salvaguardar la vida de los animales en situaciones de disturbios públicos. Esta ley, que ya está en vigor, prohíbe el uso de animales por parte de la fuerza pública para disuadir manifestaciones, motines y disturbios, asegurando el cumplimiento de las normativas de protección y bienestar animal.
La ley recién sancionada trae consigo modificaciones al artículo 166 del código de seguridad y convivencia, el cual regula el uso de la fuerza por parte de las autoridades. Un nuevo párrafo establece de manera inequívoca la prohibición de emplear animales en estas circunstancias, dejando claro que "el uso de animales no forma parte del uso de la fuerza".
Asimismo, la legislación especifica que los caninos, equinos y otros animales entrenados por la fuerza pública solo podrán ser empleados en tareas de vigilancia, actividades preventivas y de control en eventos como asistencias masivas, rescates, búsquedas, registros, detección de explosivos, erradicación de cultivos ilícitos o movilización de uniformados.
En términos categóricos, la ley prohíbe el uso de animales para dispersar manifestaciones, motines y disturbios por parte de la fuerza pública. Sin embargo, durante estos eventos, se permite el uso de animales para actividades que requieran verificación o inspección.
Además, la nueva legislación establece la obligación de la fuerza pública de implementar un programa de bienestar y cuidado animal. Este programa deberá garantizar la adopción y el traslado adecuado de los animales retirados del servicio y se mantendrá de forma permanente mientras existan animales en el servicio de la fuerza pública.